
El fiscal José Oliveros Icazatti pidió una pena de 18 años de prisión efectiva para un hombre acusado de abuso sexual, amenazas y lesiones, en el marco de un juicio en el que se le imputan hechos contra su ex pareja y contra una menor de edad de su propio entorno familiar.
Según la acusación, la calificación legal de la causa es "Abuso sexual con acceso carnal calificado por el vínculo, Amenazas y Lesiones leves calificadas por el vínculo y por mediar violencia de género". La misma figura en los artículos 119, tercer y cuarto párrafo inciso b; 89 y 92, en función del artículo 80 incisos 1 y 11; y artículo 55 del Código Penal.
Al exponer, el fiscal describió los hechos de la siguiente manera:
"los hechos juzgados consisten en graves agresiones físicas y amenazas contra la ex pareja del imputado, cometidas en un claro contexto de violencia intrafamiliar y de género. Además, las investigaciones determinaron que el acusado sometió a abusos sexuales severos a una menor de edad que pertenecía a su propio entorno familiar".
Por la gravedad de los hechos y por la acumulación de los ataques contra ambas víctimas, que según la acusación fueron independientes entre sí, el representante del Ministerio Público Fiscal consideró totalmente probada la culpabilidad del hombre. Por eso solicitó que se le impongan 18 años de reclusión efectiva, es decir, que la pena se cumpla en prisión.
Además, por las características del caso y el contexto en que se desarrollaron los delitos, el fiscal Oliveros Icazatti, acompañado por la ayudante fiscal Melisa Brizuela, pidió formalmente que el caso sea declarado judicialmente como violencia contra la mujer. El pedido se apoya en las leyes n° 26485, 24632 y 8561.
El Tribunal que lleva adelante el juicio está integrado por la jueza Sara López Douglas, como presidenta, y por los jueces vocales Edith Agüero y Mauricio Pérez Mota. Será el tribunal el que deba resolver sobre el pedido de la fiscalía.
El pedido de la Fiscalía se conoce en un juicio que involucra delitos de violencia de género y abuso intrafamiliar, dos tipos de hechos que la ley contempla con mecanismos específicos de protección para las víctimas. La condena o absolución del acusado, así como la eventual declaración del caso como violencia contra la mujer, dependerá de lo que resuelva el Tribunal una vez concluido el proceso.
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